domingo, 15 de mayo de 2011

GESTIÓN EMPRESARIAL


ORGANIZACIÓN

-          Persona Natural
-          Sociedades de hecho
-          Organizaciones de derecho              
1.   En nombre colectivo
2.   En comandita simple
3.   De responsabilidad limitada
4.   Anónima
5.   De economía mixta
6.   Accidental
-          Consorcio
*Fiducia
ADMINISTRACIÓN
-          Marco legal
-          Cálculo de nómina
-          Organigramas
-          Ejercicios de aplicación
CONTABILIDAD
-          Generalidades
-          Estructura de estados financieros
-          Evaluación de estados financieros
-          Ejercicios de aplicación
LEYES
-          Ley de ejercicio profesional
-          Código de trabajo
-          Ley de contratación pública
-          Ley de consultoría
-          Ley de propiedad horizontal
-          Ley tributaria
-          Ley de compañías
-          Ley de reajuste de precios
-          Ordenanzas

Existen varios tipos de organización que nos  permite ejercer la vida profesional de la Arquitectura y el Urbanismo, tanto desde el punto de vista de planificación o consultoría así como también en la parte de construcciones:
·        PERSONA NATURAL
Como persona natural el arquitecto podrá ejercer su vida profesional una vez que obtiene el título profesional en una universidad reconocida en el CONESUP (CONSEJO DE ACREDITACIÓN) asi como también le título obtenido debe estar certificado por el CONESUP, caso contrario no podrá ejercer la vida profesional.
La afiliación al Colegio de Arquitectos o a la Cámara de la Construcción es voluntaria y desde al punto de vista gremial conviene hacer.

·        SOCIEDADES DE HECHO
Cuando dos o más personas se unen para emprender en el negocio de la planificación o construcciones, éstas pueden llegar a un acuerdo verbal de su participación o de preferencia hacerlo por escrito con reconocimiento de firmas ante un notario.
En este tipo de sociedades de hecho en el ámbito de la planificación y construcciones por lo menos uno de los integrantes debe ser profesional de la arquitectura y urbanismo y cumpliendo todos los requisitos establecidos  anteriormente para la persona natural.
·        SOCIEDADES DE DERECHO
Dos o más personas pueden unir sus capitales para emprender en un negocio cualquiera: importaciones, productos alimenticios, vestimenta, comercio, consultoría, construcciones, etc. Con la finalidad de participar de las utilidades del negocio de acuerdo a las aportaciones que cada socio entregó a la compañía.
De acuerdo a la Ley de Compañías vigente en el país tenemos las siguientes alternativas para constituir sociedades de derecho:
1.       COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO
2.       COMPAÑÍA EN COMANDITA SIMPLE
3.       COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
4.       COMPAÑÍA ANÓNIMA
5.       COMPAÑÍA DE ECONOMÍA SIMPLE
6.       COMPAÑÍA ACCIDENTAL

1.     COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO
a.       Constitución y razón social
Este tipo de compañía puede ser constituida entre dos o más personas, las cuales responden de modo subsidiario e ilimitado y solidariamente de las obligaciones contraídas.
La razón social se podrá formar con el nombre de uno o más socios.
La persona que haga figurar o permita que figure su nombre e la razón social quedará sujeta a la responsabilidad ilimitada y solidaria.
Los asociados no pueden ceder sus derechos sin el consentimiento de todos los socios.
La admisión de nuevos socios también requiere el consentimiento total de los otros.
Es permitida la continuación de la compañía con los herederos, para lo cual se agregarán  a la razón social las palabras “y sucesores”.

b.      Capital
La ley no especifica el mínimo capital indispensable para la formación de este tipo de compañía, sin embargo éste estará compuesto por los aportes de cada uno de los socios que entregan o prometen entregar.
Al momento de la constitución de la compañía, será necesario por lo menos el pago del 50% del capital suscrito; el restante 50% a un plazo convenido entre  los socios y la Superintendencia de Compañías.
En caso de que parte del capital sea en: obligaciones, valores o cualquier tipo de bienes; en el contrato social se dejará constancia de ello y de sus avalúos respectivos.
Las acciones no son de libre comercio en el mercado de valores.

c.       Administración
Todos los socios tienen facultad para administrar este tipo de compañías, pero si en el contrato de formación de la compañía se hace constar que existirá uno o más administradores, éstos serán elegidos por mayoría de votación de entre los socios.
La autoridad máxima es la Junta General de Accionistas.


d.      Obligaciones y derechos de los socios
Obligaciones
Pagar el importe que hubiere suscrito para la formación de la compañía.
No tomar interés en otra compañía que tenga el mismo fin.
No hacer operaciones por su propia cuenta, ni por la de terceros si previo consentimiento de los demás.
Participar en las pérdidas  de acuerdo al monto de sus aportaciones.
Pagar los daños y perjuicios que hubiera ocasionado la compañía en caso de ser excluido
Derechos
Percibir las utilidades de acuerdo al monto de sus aportaciones.
Participar en las deliberaciones y resoluciones de la compañía.
Controlar la administración.
Votar en la designación de los administradores.

2.     COMPAÑÍA EN COMANDITA SIMPLE
a.       Constitución y razón social
Este tipo de compañía puede ser constituida entre uno o varios socios solidaria e ilimitadamente responsables de las obligaciones contraídas y uno o más socios suministradores de fondos, cuya responsabilidad únicamente se limita al monto de sus aportaciones.  A estos últimos socios se los conoce también como socios comanditas.
La razón social será el nombre de uno o varios socios solidaria e ilimitadamente responsables, al que se agregará las palabras “ Compañía en Comandita” ejm: “ Constructora Ponce Naranjo Cia. En Comandita”.
En caso de que por votación mayoritaria se decida usar como razón social el nombre de uno de los socios comanditarios y si éste lo acepta pasará a tener responsabilidad ilimitada.
b.      Capital
Al igual que en la compañía anterior la ley no especifica el capital mínimo para formar este tipo de compañía; sin embargo éste estará compuesto por las aportaciones de cada uno de los socios que entregan o prometen entregar.
Al momento de la constitución de la compañía será necesario por lo menos el pago del 50% del capital suscrito, el restante 50% será pagado a un tiempo convenido entre los socios y la Superintendencia de Compañías.
Los socios comanditarios no podrán llevar como aporte de sus acciones: su capacidad de crédito, industrias o cualquier otro tipo de bienes; no así para los socios cuya responsabilidad es ilimitada.
Las acciones no son de libre comercio en el mercado de valores.
Las aportaciones que tiene cada socio no podrá pasarlo a otra persona si el consentimiento de los demás.
c.       Administración
Cuando en la razón social hubiere dos o más socios y administren los negocios juntos o uno solo, regirán las leyes de la compañía en nombre colectivo y para los otros socios comanditarios regirán las leyes de la compañía en comandita simple.
La designación del o de los administradores se hará por mayoría de votos de los socios solidaria e ilimitadamente responsables y la designación sólo podrá recaer en uno de éstos.
La autoridad máxima es la Junta General de Accionistas.
d.      Derechos y obligaciones de los socios comanditas
El socio comanditario tiene derecho:
Al examen, inspección, vigilancia y verificación de las gestiones o negocios de la compañía.
Percibir las utilidades de acuerdo al monto de sus aportaciones.
Participar en las deliberaciones con su opinión y consejo siempre que no contrarreste la libertad de acción de los socios solidaria e ilimitadamente responsables.
Será facultad de los socios ya sean éstos solidarios o comanditarios el solicitar a un juez la remoción del o de los administradores de la compañía que hayan caído en dolo.
Los mismo derechos y obligaciones de la compañía anterior.

3.     COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
a.       Constitución y razón social
Puede constituirse con u mínimo de tres personas y un máximo de quince que solamente responden por las obligaciones sociales hasta por el monto de sus aportaciones individuales.
Su razón social puede ser el nombre de uno o más socios o cualquier otro nombre, al que se le añadirá las palabras Compañía Limitada o Cía. Ltda.
Para efectos fiscales y tributarios las compañías de responsabilidad limitada son sociedades de Capital.
b.      Capital
el capital de la compañía estará formado por las aportaciones de los socios y no será inferior a $400.
Las acciones tendrán un valor nominativo de 1, 10, 100 o múltiplos.
Al constituirse la Compañía el capital estará íntegramente suscrito y pagado por lo menos en un 50% de cada participación; el saldo de éste capital deberá integrarse en un plazo no mayor de 12 meses, a partir de la fecha de constitución de la compañía.
Las aportaciones pueden ser en dinero, en especies valoradas o en bienes muebles o inmuebles que correspondan a la actividad de la compañía; cuando se trate de éste último caso previa a la escrituración de la compañía se realizará el avalúo respectivo.
El aumento de capital no podrá llevarse a cabo mediante suscripción pública.
Las acciones no son títulos negociables a la orden del portador en el mercado de valores.
La compañía formará un fondo de reserva hasta que éste alcance por lo menos al 20% del capital social, para éste objetivo en cada año de ejercicio se segregará un 5% de las utilidades líquidas.
c.       Administración
La Junta General de Accionistas formada por los socios legalmente convocados y reunidos es el órgano supremo de la compañía.
Las resoluciones se tomarán por mayoría de socios presentes.
Los votos en blanco y las abstenciones se sumarán a la mayoría.
Entre las funciones de la Junta General de Accionistas está la de designar o de remover a los administradores o Gerentes.
Las Juntas Generales son: ordinarias y extraordinarias; y se reunirán en el domicilio principal de la compañía previa convocatoria del administrador o gerente.
Las ordinarias serán por lo menos una cada año y dentro de los 3 meses, posteriores a la finalización del ejercicio económico de la Compañía (1 de enero, 31 de diciembre).
Las extraordinarias se realizarán en cualquier época en las que fueren convocadas.
El o los socios que representen por los menos el 25% del capital social podrán ejercer ante la Superintendecia de Compañías el derecho concedido en la ley en caso de que el gerente o el organismo administrador se rehúsen a realizar la convocatoria o no lo hicieren dentro de 15 días contados desde el recibo de la petición.
El gerente o administrador no podrán separarse de sus funciones mientras no sean legalmente remplazados.

d.      Derechos y obligaciones
Intervenir a través de las asambleas en todas las decisiones deliberaciones de la compañía, personalmente o por medio de un representante.
A no ser obligados al aumento de su participación social.
A tener preferencia cuando la compañía acuerde incrementar su capital.
A solicitar a la Junta General la revocatoria de la designación del administrador o gerente.
A pedir la convocatoria de la Junta General de Accionistas en casos determinados por la presente ley.


4.     COMPAÑÍA ANÓNIMA
a.       Constitución y razón social
Puede constituirse con un mínimo de cinco socios fundadores o promotores que responden únicamente por el monto de sus acciones y uno o más socios tenedores de divisas que responden también por el monto de sus acciones.
Para intervenir en una compañía anónima en calidad de socio fundador o promotor se requiere capacidad civil de contratar, sin embargo no podrán hacerlo entre cónyuges ni entre padres e hijos no emancipados.
Las compañías anónimas en las que participen instituciones de derecho público o privado con finalidad social o pública podrán constituirse con dos o más accionistas.
Su razón social puede formarse con el nombre de uno o más socios o cualquier otro nombre, luego del cual tendrán las letras C.A. o S.A. (sociedad anónima).

b.      Capital
El capital mínimo para ser constituida una compañía anónima es de 800.00 usd americanos, para efectos de su constitución deberá pagarse por lo menos la cuarta parte de su capital, lo restante del capital deberá ser pagado en un tiempo a convenir entre los socios y la Superintendencia de Compañías.
El capital social puede ser dinero, bienes muebles o inmuebles siempre y cuando correspondan con la finalidad de la compañía.
Los bienes aportados serán transferidos a nombre de la compañía previo avalúo correspondiente.
Las acciones tendrán valor nominativo de 1.00 usd.  Estas acciones pueden ser negociadas o transferidas como efecto de comercio en el mercado de valores.

c.       Administración
La Junta General de Accionistas, legalmente reconocida y reunida es el órgano supremo de la compañía, dispone de poderes para resolver todos los asuntos relativos a los negocios sociales y para tomar las decisiones que juzguen conveniente en defensa de la compañía.  Compete a la Junta General de Accionistas el nombrar o remover a los miembros de los organismos administrativos de la compañía o cualquier otro funcionario cuyo cargo hubiere sido creado por el estatuto.  Cabe indicar que gerentes o administradores pueden ser elegidos de entre los socios o no.

d.      Derechos y obligaciones de los promotores o fundadores y de los accionistas

Los fundadores y promotores son responsables solidaria e ilimitadamente frente a terceros de las obligaciones que contraen para constituir la compañía.
Tiene la obligación de realizar todos los trámites necesarios para la constitución legal definitiva de la compañía.
Convocar a la Junta General de Accionistas en un plazo máximo de 6 meses a partir de la fecha de otorgamiento de la estructura de la formación.
Son derechos fundamentales de los accionistas a participar en los beneficios sociales de acuerdo al monto de sus acciones.
Intervenir en las juntas generales y votar cuando sus acciones les concedan el derecho al acto.
Integrar los órganos de administración o fiscalización.
Gozar de preferencia para la suscripción de acciones en el caso de aumento de capital.

e.      Derechos y obligaciones de la compañía anónima

Puede emitir obligaciones que reconozca o cree una deuda a cargo de la misma; éstas obligaciones serán consideradas como bienes muebles aún cuando estén garantizadas con las hipotecas.
Para efectos tributarios se asignarán a las cédulas hipotecarias emitidas por la banca privada y sus intereses tendrán el mismo tratamiento por la ley a los de ésas cédulas.

5.     COMPAÑÍA DE ECONOMÍA MIXTA

El Estado, las municipalidades, los Consejos Provinciales, las personas jurídicas de derecho público o semi-público podrán participar conjuntamente con el capital privado en la formación de éste tipo de compañías, el aporte puede ser en dinero, equipos, industrias, bienes muebles o inmuebles, efectos públicos y negociables así como también mediante la concesión de prestación de un servicio por tiempo determinado.
Las acciones tendrán un valor nominativo de 10, 100,1000 y serán negociables en el mercado de valores.
Cuando la aportación del sector público exceda del 50% del capital de la compañía uno de los directores de ese sector será presidente del director.  Las funciones del director y del gerente serán determinadas por ésta ley para los directores y gerentes de las compañías anónimas.
Al formarse la compañía se dejará constancia de la retribución de las utilidades entre capital privado y el capital público.

VENTAJAS

Exoneración parcial o total de los impuestos y derechos fiscales, municipales y de Consejos Provinciales necesarios para la estipulación de la compañía.
Se exonera de toda clase de impuestos a los contratos que efectuare la compañía en la parte correspondiente a ser pagada por ésta.
Tendrá exoneración total o parcial de los impuestos arancelarios para la importación de maquinaria o materia prima para el funcionamiento de la misma.
El Ministerio de Finanzas podrá exonerar temporalmente de impuestos a constituciones con excepción, el capital privado podrá adquirir  como apreté del Estado pagando su valor en efectivo previa la valoración correspondiente.  Transferido el valor del Estado a los accionistas privados, la compañía seguirá funcionando como si se tratase de una compañía anónima, es decir sin derecho a las exoneraciones y beneficios.
El Estado por razones de utilidad pública podrá en cualquier momento expropiar el monto del capital privado de una compañía de economía mixta pagando íntegramente su valor en dinero y al contado, valor que se determinará previo al balance efectivo.

6.     COMPAÑÍA ACCIDENTAL

Es aquella cuando una o más personas dan en participación a otras personas el negocio establecido, a fin de participar en las utilidades o pérdidas de las operaciones de la compañía.
Los terceros no tienen derecho ni obligaciones sino respecto de aquel con quien haya contratado.
La asociación accidental se rige por las convenciones de las partes.
Debe liquidarse cada año la porción de utilidades asignada en cada participación.
Los empleados a quienes se diere una participación no serán responsables sino hasta por el monto de sus utilidades anuales.
Estas compañías o asociaciones están exentas de las formalidades establecidas para las otras compañías.
A falta de contrato por escritura pública, se puede probar por los demás medios permitidos por la ley mercantil.

RECOMENDACIONES:
De las 6 compañías permitidas por ley tres son las que mas condiciones prestan para la constitución de compañías consultoras y constructora en el campo profesional de la Arquitectura y el Urbanismo.
-          Compañía Accidental o de cuentas en participación
-          Compañía o sociedad anónima
-          Compañía en responsabilidad limitada
De estos tres tipos de compañías aproximadamente el porcentual dedicado a construcciones y consultoría a nivel nacional es:
Compañía Accidental                                                              20%
Compañía o sociedad anónima                                                10%
Compañía en responsabilidad limitada                                      70%
CONSORCIO

La unión de dos o más compañías afines o no se unen para emprender en grandes proyectos (megaproyectos) a fin de participar de las utilidades de acuerdo a las aportaciones o convenios de entre las partes ejm.: CONSORCIO DEL PICHINCHA.
La fiducia se la conforma cuando dos o más personas naturales o jurídicas, unen sus capitales para emprender en un negocio, pero encargan o delegan a un tercero (compañía generalmente) la administración del negocio en sus diferentes etapas: planificación, construcción y venta; a cambio de un porcentual de las inversiones que se realicen (2-5 al 5%).

GENERALIDADES

Una vez que hemos definido el tiempo de organización que podemos hacerlo en nuestra vida profesional, es necesario tener una idea básica de lo que sería la administración central de la empresa principalmente en lo relacionado con política salarial, organigramas, órganico-funcional y el cálculo de nómina.

MARCO LEGAL

Conjunto de leyes extraídas del Código de Trabajo relacionadas exclusivamente con política salarial (sueldo nominal, décimo tercero, décimo cuarto sueldo, compensación por transporte, aportes patronales IESS y fondo de reserva IESS.)

·        SUELDO NOMINAL

El sueldo nominal o también conocido como sueldo base es aquel con el que procedemos a contratar los servicios de un trabajador o empleado, por ley a más de éste sueldo base también debemos pagar los otros  beneficios.
Antes de proceder con la contratación de un trabajador o empleado debemos verificar si éste sueldo base es mayor o igual al establecido por ley, por que si es menor sería ilegal y en caso de un concurso la empresa constructora hasta puede ser eliminada por incumplimiento de la ley.


·        SUELDO BASE O NOMINAL

Existen en el país entre 112 y115 comisiones sectoriales quienes a finales de cada año y en forma tripartita (empleador, delegado de trabajadores y Ministerio de Trabajo) fijan los sueldos nominales o diarios nominales que entrarán en vigencia el 1º de enero de cada año.
Para el caso del ejercicio profesional nosotros debemos tener en cuenta tres comisiones:
1.       Obreros de la construcción
2.       Operadores de equipos pesado y caminero
3.       Choferes
Por otro lado para el personal de apoyo técnico y administrativo como auxiliares, asistentes, secretarias, conserjes, etc., los sueldos base estén en las otras comisiones sectoriales en forma distinta y dispersa.
Para los sueldos nominales o sueldos base  de los empleados profesionales (nivel universitario) debemos acudir a los colegios profesionales respectivos quienes se encargan de difundir la ley de ejercicio profesional así como honorarios y sueldos nominales de acuerdo al escalafón respectivo.
Si los colegios profesionales no disponen actualizaciones del honorario respectivo o sueldo nominales podemos tomar como referencia los sueldos nominales establecidos SENREX quien fija los sueldos nominales de todas las categorías de todos los profesionales del sector público.
Para el personal ejecutivo como es el caso de los gerentes en general no existe una base legal que nos permita fijar el sueldo nominal de los mismos, por lo general el sueldo general de un gerente está en función del tamaño de la empresa y siempre el gerente debe ser el funcionario de mayor sueldo nominal en la empresa, por que a mayor responsabilidad existe mayor jerarquía y por ende mayor remuneración mensual.







·        DÉCIMO TERCER SUELDO

El patrono puede pagar a sus empleados y trabajadores una bonificación hasta el 15 de diciembre de cada año equivalente al sueldo promedio mensual anual de los ingresos recibidos durante el año en ejercicio (año ejercido desde diciembre hasta noviembre del presente año).
Se entenderá como ingresos el sueldo nominal más horas extras, comisiones y pagos por trabajos ocasionales con relación de dependencia. Ejemplo:
Junio                      275.00
Julio                       275.00
Agosto                   275.00
Septiembre          300.00
Octubre                300.00
Noviembre           300.00   + 80 me
                               1.805.00 / 12 meses à 150.42
13º sueldo à promedio mensual anual ingresos

·        

DÉCIMO CUARTO SUELDO


El patrono debe pagar a sus empleados y trabajadores una bonificación en el mes de agosto y máximo hasta el 15 de septiembre el equivalente a un S.M.U o R.M.U. y en partes proporcionales al tiempo de trabajo del año en ejercicio (año de ejercicio para la sierra desde septiembre del año pasado hasta agosto del presente).

14º sueldo à R.M.U/12  x # meses
                         218.00/12 x 3 = $54.50

COMPENSASIÓN POR TRANSPORTE

El patrono debe pagar mensualmente a sus empleados y trabajadores una bonificación por concepto de transporte igual a: 20 días laborables promedio por mes por 4 pasajes diarios y por el costo de transporte masivo popular (bus popular 0.18) siempre y cuando el sueldo nominal del trabajador o empleado sea mínimo 8 salarios mínimos.
               
= 20 x 4 x $ T.M.P
= 20 x 4 x 0.18
= 14.40 C/mes
El patrono en caso de que proporciones un bus o más podrán hacer uso de éste sistema de transporte todos los empleados o trabajadores de la empresa y bajo ningún motivo uno o más trabajadores podrán reclamar ésta compensación.

·        APORTE PATRONAL IESS

El patrono debe pagar mensualmente por concepto de el 12.15% de los ingresos recibidos durante el mes por cada trabajador o empleado; éstos aportes patronales más los aportes personales (9.35%) deben depositarse hasta máximo el 15 del mes siguiente en la banca privada autorizada por el IESS, y mediante comprobante de pago solicitado vía internet al IESS.
Se recomienda al patrono a más de imprimir el comprobante de pago solicitar también el detalle de la planilla de aportes y tener un archivo de respaldo por si se pierden los aportes en el IESS.  A su vez el IESS redistribuirá éste aporte patronal del 12.15% en:
                                               IESS                       10.80
                                               IECE                       0.50
                                               SECAP                  0.50
                                               SEGURO              0.35
                                               TOTAL                  12.15

·        FONDO DE RESERVA
El patrono debe pagar mensualmente por concepto de fondo de reserva un valor equivalente al 8.33% de los ingresos percibidos por cada trabajador o empleado durante el mes calendario respectivo, éste pago lo realizará en la banca privada autorizada por el IESS para lo cual el patrono debe generar vía internet el comprobante de pago respectivo y el detalle de la planilla respectiva.
En caso de que el trabajador no desee que sus fondos de reserva sean depositados en el IESS, el patrono debe proceder a pagar los fondos de reserva mensualmente y de preferencia en forma conjunta con el rol de pagos correspondiente, si durante la vigencia del contrato de construcción cualquiera de éstos beneficios que por ley tiene derecho el trabajador sufren incrementos o se crearen una ley nuevos beneficios, el constructor por ley tendrá derecho al reajuste de precios respectivo.

·        OTROS BENEFICIOS

El código de trabajo establece que el patrono puede pagar otros beneficios a sus empleados y trabajadores conocidos generalmente como subsidios o bonos, estos otros beneficios surgen de acuerdo entre ambas partes (trabajadores y patrono) mediante la firma de contratos colectivos cuando existen sindicatos los mas conocidos de éstos beneficios con:


Subsidios: Antigüedad, familiar, gastos médicos, gastos educativos, de responsabilidad, etc.
Bonos: por vacaciones, por 10 de agosto, fiestas de Quito, por nacimientos, por fallecimiento, por matrimonio, por aniversarios de la empresa, por cumpleaños, por primero de mayo, etc.
En el supuesto caso que durante la vigencia del contrato de construcción el constructor decide incrementar estos otros beneficios por ley no tendrá derecho al reajuste respectivo.
Ejercicio:
Calcular el sueldo real de una secretaria que ingresa a laborar en la empresa en el mes de octubre del 2009 con un sueldo nominal de 300.00 USD.
                               Sueldo nominal                               300.00
                               13º sueldo                          25.00
                               14º sueldo                          18.17
                               Compensac. x trans.      -------
                               12.15 aporte patrono    36.45
                               Fondos de reserva         24.99
                                                                              404.52 Sueldo Real        

CONTABILIDAD 

GENERALIDADES

La contabilidad es una ciencia que registra sistemáticamente todas y cada una de las transacciones económicas y financieras de la organización.  Tiene por finalidad informar con exactitud los montos, valores, fechas, saldos y demás datos necesarios para la toma de decisiones en distintos aspectos del negocio tales como: costos, ventas, utilidades, producción, comercialización, administración, etc.
Toda empresa debe disponer de un sistema de contabilidad, pues su ausencia, puede complicar la marcha de la organización.  La importancia de la contabilidad, además de registrar cronológicamente los hechos y transacciones económicas financieras, permite la racionalización de las decisiones gerenciales, esto es delimitar las posibilidades y oportunidades de la empresa en base a una adecuada interrelación de los elementos que intervienen en ella.
La contabilidad permite a su vez mediante la elaboración de balances, informar sobre la situación financiera y de resultados de la organización a una fecha determinada y respecto a un periodo de tiempo.

EL BALANCE GENERAL
Consiste en un detalle de todo cuanto una persona, empresa u organización posee y de lo que debe a una fecha determinada.
El balance general está dado por:

ACTIVOS = PASIVOS + CAPITAL


EL ACTIVO

El activo constituye la propiedad total de la empresa a un momento determinado, el mismo que puede estar integrado por: dinero en efectivo, depósitos en bancos, cheques y valores al cobro, cuentas y documentos por cobrar, bienes muebles, bienes inmuebles, etc. Es decir todo cuanto represente valor, independiente de su grado y tiempo de recuperación se identifican como cuentas del activo.
Es necesario aclarar que el activo no refleja necesariamente la propiedad de los accionistas o de quienes aportaron el capital, pues normalmente los negocios recurren a préstamos para captar los recursos que permitan la obtención de todos los activos.

EL PASIVO

A una fecha determinada es necesario también precisar todo lo que se debe, aquellos rubros que signifiquen obligaciones para con terceros y con los accionistas, constituyen las cuentas del pasivo.  Ejemplo: cuentas y documentos por pagar, préstamos a largo plazo, acciones pagadas, etc.



EL CAPITAL

Con el fin de diferenciar las obligaciones con terceros de aquellas obligaciones con los accionistas o propietarios de la empresa, a éstas últimas se definen como capital.

El capital puede tener varias formas de presentación siendo las cuentas más principales: capital y reservas, capital líquido, capital social, patrimonio, capital propio.
En resumen el balance general deberá responder en todos los casos a la siguiente ecuación:

 

ACTIVO TOTAL = PASIVO TOTAL + CAPITAL


LA CONTABILIDAD Y LOS REGISTROS

La contabilidad utiliza varios registros que evidencian el ordenamiento, aplicación y exactitud de los hechos y transacciones económicas de la empresa.
Antes de ilustrar los principales registros contables es importante anotar que la contabilidad se basa en el principio de partida doble, la misma que nos indica que cualquiera sea la naturaleza de la transacción, existirán siempre dos cuentas recíprocas entre sí: cuenta deudora y cuenta acreedora.
Dentro del balance general se llama cuenta deudora (saldo deudor) cuando representan propiedad para la empresa, es decir corresponderán a éste grupo todas las cuentas del activo.
Cuentas acreedoras (saldos acreedores) serán cuando se identifiquen con obligaciones o deudas en general, es decir son cuentas del pasivo y del capital.

 ESTRUCTURA DE LOS COMPONENTES DEL BALANCE GENERAL
O DE SITUACIÓN FINANCIERA

CUENTAS DEL ACTIVO

Hemos dicho que el activo refleja la propiedad total de la empresa es decir: dinero en efectivo, depósitos bancarios, documentos por cobrar, bienes raíces, bienes muebles, etc.  Ésta cuenta  del activo está integrada por tres grandes componentes o grupos:
1.       ACTIVO CORRIENTE O CIRCULANTE
2.       ACTIVO FIJO O DURO
3.       OTROS ACTIVOS
ACTIVO CORRIENTE O CIRCULANTE
Se llama así al activo que puede ser convertido o recuperado en efectivo dentro de un año plazo a partir de la fecha del balance. Ejm: cajas chicas, documentos por cobrar, inventarios.
El activo corriente o circulante a su vez lo vamos a dividir en tres grupos:
-          Activo disponible
-          Activo exigible
-          Activo realizable

ACTIVO DISPONIBLE
Constituye parte del activo corriente o circulante y se refiere a las cuentas de inmediata disponibilidad.
Caja chica, bancos, otros fondos de recuperación inmediata
ACTIVO EXIGIBLE
Está dado por aquellas cuentas que representan posibilidad de recuperación según su naturaleza.
Cuentas por cobrar, documentos por cobrar.

ACTIVO REALIZABLE
Se recuperación depende de características especiales según el tipo de actividad de la empresa, el mercado, la tecnología empleada, la organización, etc.
Inventarios: materias primas y materiales
Productos en proceso
Productos terminados
Suministros
ACTIVO FIJO

Están integrados por rubros que indican durabilidad a largo plazo, por este motivo también se conoce con el nombre de activo duro; normalmente el activo fijo debe presentarse en valores netos e indicar la rebaja por depreciaciones.
Ejem:
        Terrenos y edificios
Maquinaria y equipos
Vehículos
Muebles y enceres
Instalaciones
-          Depreciaciones

OTROS ACTIVOS

Dependiendo del caso existen otros activos que no tienen las características de los anteriores, así tenemos:
ACTIVOS DIFERIDOS

Se conoce también como cargos diferidos y corresponden a pagos anticipados que son susceptibles a amortización a través del tiempo. Ejem:
-          Gastos de constitución de la compañía
-          Gastos pagados por adelantado

INVERSIONES EN OTRAS COMPAÑÍAS
También constituyen otros activos cuando la empresa adquiere acciones o participa de alguna manera en otra empresa.
También las cuentas por cobrar a largo plazo (más de un año) pueden constituir parte de otros activos, aunque también podría tener un tratamiento específico como activo a largo plazo.
En resumen el activo total está integrado por la sumatoria del activo corriente más el activo fijo y otros activos.


CUENTAS DEL PASIVO

El pasivo significa obligaciones o pagos que debe efectuar la empresa. Cuando en el balance se presentan cuentas del pasivo se entenderá por lo tanto por compromisos que debe atender la empresa. El capital constituye también una obligación para con los accionistas de la empresa, sin embargo y únicamente para fines de diferenciar al capital se le considera como grupo aparte de los pasivos; en general las cuentas del pasivo y capital son cuentas acreedoras.
Existen varias clases de pasivo sin embargo éstas se agrupan en las siguientes cuentas:
-          Pasivo corriente
-          Pasivo a largo plazo
-          Otros pasivos

PASIVO CORRIENTE

Aquellas obligaciones que deben cumplirse o pagarse hasta dentro de un año plazo son consideradas como pasivo corriente. Ejem: cuentas por pagar, documentos por pagar, aportes patronales por pagar, cuota anual del pasivo a largo plazo, etc.

PASIVO FIJO A LARGO PLAZO

Corresponden a las obligaciones que deberán cumplirse en un plazo mayor a un año desde la fecha del balance; típicamente el pasivo a largo plazo está dado por los préstamos de un plazo superior a un año conocido generalmente como hipotecarios o con reserva de dominio.

OTROS PASIVOS

En este grupo se precisaran las partidas o cuentas que por su naturaleza no se clasificaron en el pasivo corriente o de corto plazo, así como también en el pasivo fijo o de largo plazo. Ejem: obligaciones por fondos de administración de terceros, créditos diferidos.
En resumen la agrupación de las cuentas del pasivo, conocido generalmente como pasivo total son:
-          Pasivo corriente
-          Pasivo a largo plazo
-          Otros pasivos

CUENTAS DE CAPITAL

El capital es el aporte de los socios, el mismo que puede ser en efectivo o en bienes muebles o inmuebles destinado a las operaciones de negocio, como financiamiento total o parcial, pues si la empresa no recurre a préstamos la propiedad total será de los accionistas; caso contrario si la empresa tiene préstamos, el patrimonio neto será parte de la propiedad total constituido por el monto de las aportaciones, reservas, otras cuentas de capital y cuentas de pérdidas o ganancias.

Las cuentas de capital son todas aquellas que representan acciones, aportes en efectivo, aportes en terrenos, edificios, maquinaria, equipos, muebles y enceres, también constituyen cuentas de capital toda clase de reservas, aportes para futuras capitalizaciones, así como utilidades de ejercicios anteriores o del presente ejercicio, superávit de revalorizaciones, etc. Debe indicarse que cuando la empresa registró pérdidas su valor se restará de las cuentas de capital, de esta manera se logra la posición real de la empresa en términos de capital propio.

En cuanto a la presentación de las cuentas de capital, podríamos agruparlas en las siguientes, pudiendo cambiar de acuerdo al campo de acción de la empresa:

-          Capital
-          Capital y reservas
-          Capital líquido
-          Patrimonio neto
-          Capital propio

A las cuentas de capital se les conoce también como cuentas acreedoras, por cuanto constituyen obligaciones para con los accionistas.

CUENTAS DE ORDEN

Las cuentas de orden son registros contables especiales que no afectan a la estructura financiera de la empresa, sus valores corresponden normalmente a cuentas de naturaleza diferente a las actividades propias y principales de la organización, o que tienen características muy singulares.
En cuanto a su ubicación, las cuentas de orden se presentan a continuación del activo, del pasivo y del capital.
Estas cuentas significan por el mismo valor un activo extra operacional y un pasivo extra operacional; por lo tanto no afectan a las cuentas del pasivo, ni del capital ni de los activos. Ejem:
-          Contingentes (operaciones no consolidadas que pueden ser susceptibles de recuperación futura)
-          Valores o documentos en garantía
-          Valores o mercaderías en consignación

PRESENTACIÓN Y ALCANCE DEL BALANCE GENERAL O SITUACIÓN FINANCIERA
Hemos visto que uno de los objetivos fundamentales de la contabilidad es aportar con información exacta y oportuna, orientada especialmente a la toma de decisiones en múltiples aspectos de la gestión empresarial.
El balance general o también conocido como estado de situación financiera, en base a los saldos de las cuentas del activo, pasivo y capital presentan la posición de la empresa a una fecha determinada, ejem: 31 de dic, 30 de jun del año X, 20 de sept del año 2009. Quiere decir entonces que se trata de saldos cortados a una fecha determinada.
Para la estructuración de balance general o situación financiera, el sistema contable debe garantizar la correcta aplicación de los principios de contabilidad su actualización y la exactitud de los saldos deudores o acreedores, de conformidad a la naturaleza según se trate de cuentas del activo, pasivo y capital.
Con los saldos disponibles debidamente verificados mediante el balance de comprobación, se procede a la estructuración del balance de situación financiera, comenzando por las cuentas del activo y luego las cuentas del pasivo y capital.
Cualquiera que sea la naturaleza de las actividades de una empresa, en realidad los principios de contabilidad deben ser correctamente aplicados, lo único que puede diferenciar en cuanto a la presentación del balance es el nombre de las cuentas, los códigos de las cuentas, el grado de convertibilidad según el plazo y otras características, pero la presentación y objetivos de la información financiera son comunes y es lo que pretende el balance general o estado de situación financiera.
   
EMPRESA (NOMBRE)
BALANCE DE SITUACIÓN FINANCIERA
(AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009)
( X  MILES )
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS

El análisis financiero es un instrumento de apoyo que permite conocer la situación financiera y de resultados económico-financieros de una empresa, a una fecha determinada.
Normalmente para la elaboración de un análisis e interpretación de estados financieros se utilizan los balances de situación financiera y los estados de pérdidas y ganancias a una fecha definida, cuyo propósito principal es extraer información básica para interpretar la situación de la empresa y en base a éste análisis destacar lo más importante en materia financiera tanto con alcance general como específico respecto de los distintos elementos que intervienen en los resultados económicos y financieros de la organización.
Es importante conocer que el análisis financiero si bien nos ayuda a precisar relaciones e indicadores básicos, no necesariamente éste análisis refleja el comportamiento de la empresa en su conjunto, es necesario por lo tanto complementar con otros factores y variables que conllevan a determinar con mayor exactitud una apreciación más amplia de lo que es una empresa, es decir: su evolución, su situación actual, sus perspectivas y posibilidades de continuar razonablemente en el mercado de oferta y demanda, interrelacionando el comportamiento de todas las áreas tales como producción, administración, finanzas, comercialización, etc.
ación de estados financieros lo vamos a hacer bajo tres indicadores financieros.
Ø  Indicadores financieros de corto plazo.
Ø  Indicadores de estructura financiera.
Ø  Indicadores financieros de resultados operacionales.

INDICADORES FINANCIEROS DE CORTO PLAZO

Estos indicadores financieros de corto plazo que son por lo general de 10 a 12, nos indica cual es la respuesta de la velocidad del activo corriente en hacer efectivo el dinero para responder en forma inmediata nuestros pasivos corrientes o compromisos que debemos efectuar.
Los principales índices de corto plazo son:
o   Índice de solvencia
o   Índice de liquidez
o   Índice de liquidez inmediata (prueba ácida)
o   Capital del trabajo
INDICE DE SOLVENCIA

El índice de solvencia nos indica la posibilidad de la empresa para cubrir sus obligaciones de corto plazo.
Este indicador nos señala la capacidad efectiva de solvencia pues este depende del grado de convertibilidad en efectivo de las cuentas y documentos por cobrar así como también de los inventarios.
Fórmula
Índice de solvencia =    activo corriente   .
                                               Pasivo corriente

Ejemplo:
 Índice de solvencia =    4798   . = 1.53
                                               3138
Quiere decir que la empresa potencialmente tendría  $1.53 para atender un dólar de deuda a corto plazo.
A pesar de no existir un índice de solvencia ideal, se estima que entre 1.5 a 2.5 serían índices my aceptables para cualquier empresa.
Exceso 2.5 --------à exceso de dinero en el banco
Menor de 1.5 -----à falta de solvencia

ÍNDICE DE LIQUIDEZ

Si se desea saber la capacidad potencial de pago en términos de corto plazo, pero eliminando el valor de inventarios obtenemos el índice de liquidez. Los inventarios son los componentes de menor convertibilidad del activo corriente, estos dependen de la naturaleza de la actividad de la empresa así como también de las condiciones del mercado y de otros factores de producción.
Fórmula:
Índice de liquidez =    activo corriente – inventario (mat. Prima)   .
                                                               Pasivo corriente
Ejemplo:
                Índice de liquidez =    4798 – 720   . = 1.30
                                                               3138
Se considera aceptable si el índice de liquidez está entre 1 a 1.5
 INDICE DE LIQUIDEZ INMEDIATA (PRUEBA ÁCIDA)

Cuando se desea saber en que medida la empresa puede atender sus obligaciones de corto plazo en forma inmediata, recurriremos al índice de de liquidez inmediata o también conocida como prueba ácida, el mismo que se obtiene al compararlo el activo corriente menos inventarios y menos cuentas de difícil recuperación; con el valor pasivo corriente.
Fórmula:
Índice de liquidez inmediata =    activo corriente – inventario – cuentas difíciles de cobrar   .
                                                                                              Pasivo corriente
Ejemplo:
Índice de liquidez inmediata =  4798 – 720 – 30   . = 1.29
                                                                              3138
Se considera un índice de liquidez aceptable si este es mayor a 1 y menor a 1.5.

CAPITAL DE TRABAJO

Se entiende así a la diferencia entre el activo corriente menos el pasivo corriente indica el valor que tendría la empresa disponible para atender sus operaciones normales.
Ejemplo: pago de sueldos y salarios, adquisición de materias primas, mano de obra directa, gastos de fabricación, pagos al IESS, SRI, etc.
Se considera un capital de trabajo aceptable cuando el valor obtenido nos alcance para 3 o 4 meses de funcionamiento de la empresa.
Fórmula:
Capital de trabajo = activo corriente – pasivo corriente.
Ejemplo: 4.798 – 1.660

INDICADORES DE ESTRUCTURA FINANCIERA

Estos índices nos ayudan a conocer la posición financiera de la empresa desde su punto estructural, para que la gerencia con la información pueda tomar decisiones óptimas a fin de entender aspectos que puedan dañar la empresa.
Los indicadores financieros por lo general son de 8 a 10 sin embargo para nuestro caso son 3 los más importantes.
·         Índice de solidez
·         Índice de patrimonio
·         Índice de capitalización.

ÍNDICE DE SOLIDEZ

Expresa la influencia de los acreedores (pasivo total) frente al activo total de la empresa, a mayor índice de solidez mayor será la dependencia de la empresa con los acreedores.
Fórmula:
Índice de solidez =    pasivo total   .
                                              Activo total
Ejemplo: índice de solidez =    8208    = 0.64
                                                                        12770
Quiere decir que el 64 % de la propiedad de activo total está influenciado por los acreedores tanto de corto como de largo plazo según sus obligaciones de la empresa.
Se considera un índice aceptable del 50 %.
ÍNDICE DE PATRIMONIO
Refleja la propiedad neta de los accionistas en el activo total, este índice es el inverso reciproco del índice de solidez.
Fórmula:
Índice de patrimonio =       capital propio   .
                                                     Activo total
Ejemplo:

               Índice de Patrimonio =   2000   . = 0.16
                                                              12770

Quiere decir que el 16% de la propiedad dl activo total corresponde a los accionistas o propietarios del negocio.
Se considera un índice de norma para el caso de construcciones 0.30 (empresas constructoras).

ÍNDICE DE CAPITALIZACIÓN.

Expresa la medida respecto de la capitalización de la empresa para conocer si el capital crece, se mantiene o se reduce, mientras mayor sea este coeficiente refleja la preocupación de la gerencia y los accionistas para mejorar la estructura financiera de la empresa.
Fórmula:
                      Capital al final del año       = Índice de capitalización.
                    Capital al inicio del año
Ejemplo:

               Índice de capitalización = 1.20 %
El 1.20 % nos indica que al final del año el capital experimentó un crecimiento del 20 % durante el periodo respectivo, y en relación al capital inicial de la empresa.
Será normal y aceptable si éste índice siempre es positivo.
   
INDICES OPERACIONALES

Resultados operacionales
En el análisis financiero se utiliza con mucha frecuencia índices que permiten comparar los resultados o rendimiento de la empresa con distintos movimientos que en él intervienen.
Indicadores financieros de resultados operacionales
Por lo general también existen 8 indicadores de resultaos operacionales, de los cuales los más importantes y dependientes del tipo de negocio son:
1.- Índice de renovación de inventarios.
2.- Índice de cobros.
3.- Índice de rentabilidad económica.

 ÍNDICE DE RENOVACIÓN DE INVENTARIOS

Índice de renovación de inventarios =                      costo ventas                             .
                                                                              Inv. inicial del 1º trim + inv final 1º trim

Este índice señala el número de veces que los inventarios de grupos terminados se han renovado durante el año, mientras mayor sea el número refleja que la empresa tiene mayor dinámica y las ventas son mas frecuentes.
Nota: no aplica a empresas constructoras.

ÍNDICE DE COBROS

Índice de cobros =            Cuentas por cobrar            .
                                        Promedio de ventas por día
Este índice señala el número de días promedio durante el año para cobrar las ventas o transacciones a crédito.
Nota: no aplica a constructoras.

ÍNDICE DE RENTABILIDAD ECONÓMICA

Mide el rendimiento o utilidad neta antes de impuestos que genera el activo fijo, pues éste permite las operaciones de transformación y obtención del producto final.
Si el porcentaje obtenido es positivo y mayor a la inflación promedio anual, la empresa está rindiendo una rentabilidad económica aceptable y entre más grande éste porcentaje es mejor.

LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL

Conjunto de leyes necesarias para ejercer la profesión de Arquitectura y Urbanismo tanto del punto de vista de la construcción y consultoría.
Este conjunto de leyes son:
-          Ley de ejercicio profesional
-          Código de trabajo
-          Ley de contratación pública
-          Ley de consultoría
-          Ley de propiedad horizontal
-          Ley tributaria
-          Ley de compañías
-          Ley de reajuste de precios
-          Ordenanzas


LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

La ley del sistema nacional de contratación pública, se publicó mediante registro oficial # R.O. 395 con fecha 4 de agosto del 2008.
El reglamento general de la ley de contratación pública en R.O. 399 de fecha 8 de agosto del 2008.
Posteriormente en agosto del 2009, se expide un nuevo reglamento general de la ley de contratación pública el mismo que está vigente hasta nuestros días.
El sistema nacional de contratación pública que está vigente utiliza los medios electrónicos para proceder con la contratación pública en proyectos de construcciones, de consultoría, entre otros, mediante el uso de internet optimizando así los gastos de los participantes para la adquisición de pliegos (antiguas bases de proyectos) y obtener procedimientos más fijos y confiables; así como también más democráticas evitando de esta forma favoritismos y posibles corrupciones en los procedimientos contractuales.
Una vez que se obtenga el título de Arquitect@ en la Universidad correspondiente debemos registrarlo en el CONESUP, el cual nos entregará un documento correspondiente, debemos acercarnos a las oficinas del SRI para obtener el RUC, el cual nos permitirá trabajar en los campos de construcción y consultoría, con estos datos ingresamos al portal del Instituto Nacional de Contratación Pública, que está adscrito al Ministerio de Industria que nos permitirá trabajar.  Una vez que estemos registrados, esperaremos las invitaciones para participar en los diferentes contratos o  consultorías de las diferentes actividades de gobierno central, seccional, así como  entidades autónomas.
Por otro lado de acuerdo a la ley de transparencia todas las entidades del sector público:
Gobierno centro, seccional, autónomas, semiautónomas, tienen la obligación de crear su página web y entre otros se detallen los presupuestos de construcción y consultoría con los respectivos programas para que nosotros podamos participar de acuerdo a nuestras necesidades.

PROCEDIMIENTOS CONTRACTUALES  (en construcción)
1.       CONTRATACIÓN DIRECTA

Será directa si el presupuesto referencial será menor 0.000002 PIE (PRESUPUESTO INICIAL DE ESTADO).
2.      
CONTRATACIÓN MEDIANTE LISTA

Si el presupuesto referencial es mayor a 0.000002 Pero a su vez menor a 0.000215 PIE
3.       CONTRATACIÓN DE CONCURSO PÚBLICO
Si el presupuesto referencial es mayor que 0.003 PIE
4.       LICITACIÓN
Si el presupuesto Referencial es mayor de 0.000015 PIE, pero es menor que 0,0003 PIE.
EN CONSULTORÍA:                                                                              
1.       Si el presupuesto referencial es menor que 0.000002 PIE
2.       Si el presupuesto referencial es mayor que 0.000002 PIE  pero menor que 0.000015 PIE
3.       Si el presupuesto referencial es mayor que 0.000015 PIE sin límite.
Para éste caso debe haber dos sobres electrónicos:
-          Aspectos técnicos.
-          Aspectos económicos.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Para entenderlo mejor al Sistema Nacional de Contratación Pública  vamos a desglosar por capítulos:
CAP. 1: DEL SISTEMA Y SUS ORGANISMOS
CAP. 2: CONTROL MONITOREO Y EVALUACIÓN
CAP. 3: DE LOS PROCEDIMIENTOS
            - SECCIÓN 1. REGISTRO DE PROVEEDORES
            - SECCIÓN 2. DEL SISTEMA INFORMATIVO
            - SECCIÓN 3.
CAP. 4: DE LOS CONTRATOS
CAP. 5: ADMINISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS
CAP. 6: RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
CAP. 7: REAJUSTE DE PRECIOS


LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Mediante esta ley el constructor o entidad dueña del proyecto puede tramitar ante la Dirección de Avalúos y Catastros de cada municipio la declaratoria de propiedad horizontal de cada proyecto, este trámite lo pueden realizar los profesionales: arquitectos, ingenieros, abogados y doctores en leyes.
Para la declaratoria y aprobación de la propiedad horizontal debemos tener los planos arquitectónicos debidamente aprobados por la Dirección de Planificación de cada municipio, así como también los planos correspondientes a los otros diseños, el cálculo de alícuotas de cada una de las unidades vendibles, y el cuadro de linderaciones de las unidades vendibles, este cuadro último debe tener los linderos: Norte, Sur, Este, Oeste, arriba, abajo.
Cabe indicar que una vez aprobada la propiedad horizontal con sus respectivas alícuotas y cuadro de linderaciones, el constructor o dueño del proyecto si ya inició la venta de las unidades, no puede bajo ningún concepto cambiar el diseño del proyecto,  porque en caso de hacerlo tendría una cantidad de juicios por las personas que compraron las unidades.
La declaratoria de propiedad horizontal es de enorme beneficio para los constructores o dueños del proyecto, porque mediante este mecanismo legal está permitido vender las unidades en planos o durante la construcción del proyecto, consiguiendo de estas ventas un financiamiento que puede estar en un 20% o 30% del costo total del proyecto, y si a esto le sumamos entre un 10% y 15% que corresponde al terreno y a los diseños del proyecto, tendríamos por lo tanto cubierto un 35% a 40% del costo total de proyecto, facilitando de esta forma el resto del proyecto, y que normalmente en el caso de la banca privada máximo financia hasta el 70% del costo total del proyecto.

CÁLCULO DE ALÍCUOTAS

1.       Para el cálculo del área de la unidad  vendible (oficina, departamento, vivienda, parqueadero, bodega, etc.) debemos calcular desde el paño exterior hasta el eje de la pared medianera que sirve a dos o más unidades.
2.       Si tenemos columnas dentro de la vivienda vendible por lo general el área de estas columnas debe integrarse al área total vendible, es decir son parte de la unidad, en cambio los ductos de ventilación, de instalaciones eléctricas, de instalaciones  hidro –sanitarias,  ductos de basura, etc., son áreas comunales y no deben considerarse dentro de la unidad vendible.
3.       La circulación horizontal y vertical si sirvan a dos unidades vendibles serán consideradas como áreas  comunales y por lo tanto no serán consideradas dentro de la unidad vendible; si la circulación horizontal y vertical es de uso exclusivo de una unidad, en este caso si debe  ser considerada dentro de la unidad vendible.
Una vez que calculaos las respectivas áreas de todas las unidades vendibles, la sumatoria de estas sería el área total vendible del proyecto y por lo tanto al dividir el área correspondiente de cada unidad vendible para el área total obtenemos la alícuota correspondiente para cada unidad, la misma que debe expresarse mínimo con 3 decimales y por o general se recomienda con 4 ó 5 decimales.

SISTEMAS FINANCIEROS

Existen aproximadamente 8 ó 9 sistemas financieros que se los aplican a nivel internacional de estos en nuestro país se conocen básicamente cuatro
·        Sistema de crédito de cuotas decrecientes
·        Sistema de crédito de cuotas crecientes
·        Sistema de crédito de cuotas constantes (S.A.C)
·        Sistema de crédito en unidad de valor constante (U.V.C)

SISTEMAS DE CRÉDITO DE CUOTAS DECRECIENTES
Este sistema permite amortizar el crédito mediante cuotas decrecientes a lo largo de la vigencia del crédito, cuotas que están conformadas por: una cuota de capital la misma que es igual para todo el tiempo de financiamiento más los intereses correspondientes (estos son los que decrecen en el tiempo) dándonos como resultado final una cuota de pago o amortización de crédito en forma decreciente.
Ejemplo:
Calcular la tabla de amortización por el método de cuotas decrecientes de un préstamo de $24.000 a 24 meses plazo y con una tasa de interés de 18% anual

No.                        Saldo                                    Pago                     Interés                                Cuota
                               Capital                                 Capital                                                                 Mensual
                                                              
1                      24.000                        1.000               360                             1.360
2                      23.000                        1.000               345                             1.345  
3                      22.000                        1.000               330                             1.330
4                      21.000                        1.000               315                             1.315  
5                      20.000                        1.000               300                             1.300
……
…..

24                    1.000                          1.000               15                               1.015
                                                                              24.000                  4.500                                    28.500
28% anual / 12 à 1.5 mensual

Este sistema conviene más a la banca privada que al constructor, ya que es la banca la que recupera el capital más rápido.

SISTEMAS DE CRÉDITO DE CUOTAS CRECIENTES

Este sistema que es inverso al anterior permite cancelar el crédito mediante cuotas crecientes durante el tiempo de vigencia del crédito en donde las cuotas del pago de capital también son iguales durante el tiempo de crédito pero el pago de interés con cada cuota va creciendo durante la vigencia del crédito.
Ejemplo:
Calcular la tabla de amortización por el método de cuotas crecientes de un crédito de $24.000 a 2 años  y con una tasa de interés de 18% anual



No.                        Pago                                     Tiempo                                Interés                                Cuota
                               Capital                                 (mes)                                                                Mensual
                                                              
1                      1.000                          1                      15                               1.015
2                      1.000                          2                      30                               1030
3                      1.000                          3                      45                               1.045
4                      1.000                          4                      60                               1.060
5                      1.000                          5                      75                               1.075
…        
24                    1.000                          24                    360                              1.360
                        24.000                                                4.500                          28.500

Conviene para créditos en la rama de la construcción porque a medida que vamos vendiendo  se va pagando más.

SISTEMAS DE AMORTIZACIÓN CONSTANTE (SAC)

Este sistema conocido por sus iniciales como S.A.C es el sistema que aplica la banca ecuatoriana y en la mayoría de países latinoamericanos, consiste en cancelar o amortizar la deuda con una cuota  constante a lo largo del tiempo de financiamiento del crédito, esta cuota constante estará conformada por el pago del capital y por el pago del interés correspondiente a esa cuota; es decir es un sistema aparentemente promedio del anterior.
Ejemplo:
Calcular la cuota mensual por el sistema de amortización constante de un  crédito de $24.000 a 24  meses plazo   y con una tasa de interés de 18% anual.

 UNIDAD DE VALOR CONSTANTE UVC

Durante las décadas de los años 80 en la cual se produce la mayoría de crisis financiera en los países latinoamericanos, era necesario crear nuevos sistemas financieros que permitan evitar la quiebra del sector bancario tanto público o privado como el estatal así como también el sistema mutual de cooperativas; que se dedicaban exclusivamente al financiamiento de construcciones de viviendas, oficinas, locales comerciales y afines; e así como aparece una variedad de sistemas financieros y se lo aplica a nivel de países latinoamericanos como  el UVC en Ecuador, UPAC en Colombia, y otros similares en chile, Argentina, Brasil, etc.
El objetivo de estos sistemas financieros era otorgar a ciertos sectores específicos (construcción en Ecuador) a fin de dinamizar el sector de la construcción por cuanto este sistema no permite utilidades excesivas para el sector bancario ni tampoco pérdidas excesivas para el mismo sector.
Consiste en la creación de una unidad (moneda virtual) nos dan el crédito para construir por ejemplo: 100000 UVC pagaderos cada 3 meses 5 UVC’S; el constructor que obtenía este crédito recibía en dinero circulable de acuerdo al valor que tenía el UVC a la fecha de entrega del crédito.  Cada 3 meses debía pagar 5 UVC en moneda de acuerdo al nuevo valor que tenía el UVC y así sucesivamente hasta pagar los 100000 UVC.
En este sistema no se pagan intereses financieros pero debía pagar con un 3% por concepto de gastos administrativos.
El INEC era la entidad oficial para que diariamente publique el precio o índice de precio del UVC, el mismo que se calculaba mediante la actualización de costos de construcciones, devaluaciones, inflaciones, etc., que tenía el país diariamente.
El UVC se aplicó en el Ecuador desde 1994 y desapareció en el 2000 con la dolarización; en este corto tiempo si se notó el desarrollo en el sector de la construcción. 




PUBLICIDAD Y MARKETING


                                         ESCRITOS                 comercio, prensa, revistas especialidades

            trípticos, volantes

      MEDIOS               TELEVISIÓN             clasificados

     

                                               VIRTUALES              internet, correo electrónico
           

                                               FERIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Nacionales
                                                                                                          Internacionales
            EVENTOS
                                               BIENAL DE ARQUITECTURA

                                               CLEFA

No hay comentarios:

Publicar un comentario